El absurdo criterio del Gobierno

Criterio de caja

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, reconocía  la semana pasada en el Congreso el fracaso del IVA de caja, y avanzaba que se estudiarán fórmulas de mejora. Al parecer, tan solo el 0,9% de los posibles beneficiarios se han acogido al nuevo régimen fiscal. No me sorprende. Es probable que esas empresas no estuviesen bien asesoradas y pronto volverán a acogerse al criterio de devengo.  Porque me cuesta creer que nuestros gobernantes  pensasen que con su feliz idea iban a solucionar los problemas de liquidez de nuestras empresas.

Vayamos por pasos. El Partido Popular anunció en su programa electoral que, si gobernaba, introduciría un nuevo régimen fiscal por el que las empresas que se acogiesen al mismo no tendrían que liquidar el IVA repercutido en sus facturas hasta que las hubiesen cobrado. Música celestial. Por lo visto estuvieron muy ocupados en los primeros años de la legislatura incrementando la carga fiscal, porque tardaron dos años en anunciar  a bombo y platillo la Ley de Emprendedores, que incluía el nuevo régimen fiscal, el llamado criterio de caja. Con él anunciaron todas sus trampas.

La primera trampa es la menos tramposa. De hecho, hasta tiene sentido. Es el criterio de caja doble y consiste en que si una empresa se acoge a este régimen, no podrá deducirse el IVA soportado de sus adquisiciones hasta que no haya pagado a sus proveedores. Estás a las duras y a las maduras.

La segunda, además de sorprendente es insultante. Las empresas que tengan un proveedor acogido al criterio de caja no podrán deducirse el IVA soportado en las facturas de ese proveedor hasta que no le hayan pagado, aunque la empresa en cuestión no se haya acogido al nuevo régimen fiscal.

Merece la pena detenerse a analizarlo con un ejemplo. Si una empresa A, acogida al criterio de caja, factura 100 euros más IVA (121 € en total) a su cliente B, no acogido al régimen fiscal, no tendrá que pagar el IVA hasta que no cobre su factura. Parece ventajoso. La empresa  A retrasará el pago de los 21 € a Hacienda hasta que haya cobrado. Lo curioso es que el cliente B, sin haber modificado su estatus,  no sólo tendrá que cambiar sus sistemas administrativos y de contabilidad, sino que además no podrá deducirse el IVA de la factura hasta que la pague. ¿No tendría sentido que el cliente B tomase la decisión de no volver a comprar a ese proveedor? Y en el caso de que ese proveedor fuese tan competitivo que al cliente le mereciese la pena adelantar a Hacienda esos 21 € (que no podrá deducir) para seguir comprándole, ¿no sería mejor adelantar ese dinero directamente al proveedor para que no se acoja al criterio de caja y así evitar cambiar los sistemas de contabilidad en ambas empresas? Entonces, ¿para qué sirve el criterio de caja? ¿A quién beneficia? ¿Cuánto hemos gastado en una solución a la que puede llegar el libre mercado sin la intervención del gobierno?

Señores gobernantes, no somos necios. El criterio de caja solo sirve para que sus Ayuntamientos tengan la excusa de seguir demorando el pago de sus facturas. Si de verdad quieren ayudar a nuestras empresas, tomen medidas tan sencillas y valientes como reducir el impuesto de sociedades, en consonancia con los tipos del resto de Europa. Conseguirán reducir la economía sumergida y conseguirán que los beneficios de las empresas se destinen a inversión y creación de empleo. Además, aunque no les cuadren los números, conseguirán una mayor recaudación.  Créanme.

Pedro Romero

Socio Director en CFG. Pedro es Licenciado en Farmacia por la U.C.M y M.B.A. por el Instituto de Empresa. Ha desempeñado funciones de dirección de expansión internacional y gestionado proyectos en fondos de inversión. En CFG se ha especializado en análisis de proyecciones financieras, planes de negocio y procesos de refinanciación.

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